DISPOSITIVA:
En consecuencia por lo anteriormente señalado ESTE JUZGADO PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PUNTO PREVIO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de excepciones incoada por la defensa pública ABG. YASMIRA VIVAS, así como solicitud de sobreseimiento de causa, conforme lo dispuesto en los artículos 28, numeral 4º literal "i" y 300 numeral 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el escrito acusatorio cumple con los requisitos exigidos en el artículo 308 ejusdem y en el que se ordenó la apertura a Juicio Oral y Público en la presente causa N° DP04-S-2022-000076. Y ASÍ SE DECLARA. PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada por la representante de la Fiscalía (1º) del Ministerio Público del estado Aragua, contra el ciudadano REYES ALVARADO JESUS ALFR.....