-II-
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en ejercicio del Despacho Saneador del Juez, ordena a las partes solicitantes, ciudadanos MAURICIO
RAFAEL LUNA BORGES y DOREN CERY MUÑOZ DE LUNA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.088.079 y V-14.741.780 respectivamente, asistidos por la Abogada SARAIT DEL ROSARIO MEDINA CONTRERAS, Inpreabogado bajo el Nº 167.929, corregir los defectos y omisiones arriba indicados, para que una vez subsanada se provea sobre su admisión o no. A los efectos del control de entrada de causas, SE LE DA ENTRADA A LA PRESENTE SOLICITUD y se le asigna el N° D-008-14. Cúmplase.