Por lo tanto y como consecuencia de todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE, la pretensión de conversión de separación de cuerpos en divorcio formulada por los ciudadanos SAMUEL GONZALO REQUENA SOLIS y JACKELINE CAROLINA RODRIGUEZ BARRETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.611.023 y V-21.204.256, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por la ciudadana abogada YSABEL REQUENA SOLIS, Inpreabogado N° 79.679. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la oficina del Registro Civil de la parroquia Alfredo Pacheco Miranda del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, en fecha 28 de Noviembre de 2014. Según Acta de Matrimonio N° .....