Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos AMALIA PAOLA SÁNCHEZ PRIETO Y HECNY JESÚS MENESES QUIJANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.948.148 y V-23.801.055, debidamente asistidos por la ciudadana abogada Carmen Ortega Inpreabogado N° 270.048, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, según acta de matrimonio N° 225, Folio 225, Tomo A, de fecha 10 de Junio de 2016. Ofíciese lo conducente a los organismos o autoridades respectivas, a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente.