En fecha 06 de julio de 2022, fue recibida SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano FREDDY JOEL AMEZAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.894.036; inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº152.012, actuando en nombre propio y representación de los ciudadanos GLENDA ZORAIDA AMEZAGA RUIZ, GLEIDY MARIA AMEZAGA RUIZ y ERIKA DALY AMEZAGA CRUCES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.730.834, V-12.097.126 y V-20.754.994, respectivamente; donde solicitan que sean declarados como "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de-cujus, FREDY HENRIQUE AMEZAGA MEJIAS, quien en vida fue de venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-2.095.934, fallecido ab-intestado en fecha 14 de Septiembre de 2021; junto con sus recaudos anexos, se le da entrada en el libro respectivo, y tras una revisión detallada del escrito libelar esta Juzgadora observa que existe err.....