III
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda que por Desalojo (Local Comercial), incoara la Sociedad Mercantil UNIVERSAL, BIENES RAÍCES (DÍAZ, GUTIÉRREZ, HIDALGO & CÍA.), contra el ciudadano SERGIO JOSÉ NARDULLI COTO, identificados en autos. En consecuencia, este Tribunal condena a la parte demandada a: PRIMERO: Desalojar el inmueble arrendado constituido por un local adecuado para comercio, distinguido con el N° 9, situado en la Planta Baja del Edificio "González Lugo", ubicado en la Avenida Miranda Este, N° 54, cruce con Callejón El Toro, Maracay, estado Aragua, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Local N° 9, áreas comunes y fondo de los locales del mismo edificio cuyos frentes dan a la Avenida Miranda; SUR.....