Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Desalojo (Local Comercial) fue incoada por la ciudadana ROSALIA RICO ZARATE, identificado con la cédula de identidad N° V- V-18.264.646, y judicialmente representada por el abogado JOSE HERMES ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.031, contra la sociedad mercantil denominada REY PLAST 2013, C.A., representada por el ciudadano WILLIAM ALEXIS TORES RUIZ, identificado con la cédula de identidad N° V-7.239.011. Así se decide.
SEGUNDO: SE CONDENA al demandado a hacerle entrega a la parte actora totalmente desocupado libre de personas y bienes, totalmente solvente con los servicios de agua, electricidad y demás servicios públicos el inmueble constit.....