Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO:CON LUGAR la demanda que por Desalojo de local comercial, fue incoada por el ciudadano FRANCISCO OLIVIERI, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nº V-7.175.015, en su propio nombre y en representación de la ciudadana MARIA PIA OLIVIERI DE NAIM, quien es venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.233.220, asistido judicialmente por la abogada MARIBEL APONTE MATOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 67.763, contra la empresa TEXTILES ALCA C.A, debidamente protocolizada como consta en el Registro Mercantil Primera del Estado Aragua, bajo el N° 61, Tomo 87-A, de Fecha 18 de julio de 2014, representada por el ciudadano CESAR LEONARDO QUIJADA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, identific.....