III
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, incoara el ciudadano MICHELE ANTONIO LUCENTE DI PINTO, contra la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas del estado Aragua (SUNAVI), identificados en autos. SEGUNDO: La NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO, contenido en el expediente administrativo Nº 0301377998-01848, de fecha 03/12/2014, suscrito por el Coordinador Encargado de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas del estado Aragua, mediante la cual declaró inadmisible la solicitud de Inicio del Procedimiento Previo a la Demanda, sobre un inmueble constituido por un Apartamento, distinguido con el Nº 13, situado en la Segunda P.....