DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada en el juicio que por Cobro de Bolívares, seguida por la Sociedad Mercantil "CPC CONSULTORES INTEGRALES C.A", antes identificada, contra la Sociedad Mercantil "TELAS Y PUNTADAS, C.A", antes identificada y solidariamente contra los ciudadanos GIOVANNI CHECHILE TORRES y GLORIA TORRES DE PAREDES, antes identificados. En consecuencia, le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. NORA CASTILLO
LA SECRETARIA.....