DISPOSITIVA.
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos ARQUIMEDES JOSE OTERO y MARIA ANASTICIA MONTILLA identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 8.429.272 y V- 9.408.889 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante el Juzgado del Municipio José Gregorio Bastidas, Distrito Palavecino de la Circunscripción Judicial del estado Lara, asentada bajo el Acta Nº 22, Año 1.984 de los libros de Matrimonios llevados por el referido Juzgado.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Prime.....