DECISIÓN
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el 26 de noviembre de 2015, , y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos : YADIRA LUCIA MAIESE IBARRA y JOSE MIGUEL SIMANCAS TERAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos 17.201.302 y 12.610.772, respectivamente, en virtud del matrimonio civil celebrado el 28 de noviembre de 2013, ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry, Estado Aragua.
Particípese lo condu.....