Ahora bien, estando facultado este Tribunal en esta fase del procedimiento, procede a analizar los recaudos probatorios pertinentes.
De las pruebas aportadas y consignadas por la parte demandada reconviniente, se observa que en fecha 03 de junio de 2014, mediante escrito de pruebas presentado invoco el merito y valor probatorio del documento de propiedad, contrato de arrendamiento, documento de condominio del Centro profesional del Norte, a los cuales se les otorga pleno valor probatorio de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
Del último contrato de arrendamiento marcado "H", se observa que los cánones de arrendamiento de la Oficina 40, es por la cantidad de Siete Mil Bolívares (Bs.7.000,00) y el canon de la oficina 41 por la cantidad de seis mil Bolívares (Bs.6.000,00), no constando en autos ninguna Resolución que regule el canon de arrendamiento.
Este Juzgado considera que la procedencia de la acción de REINTEGRO DE SOBREALQUILERES exige que a la.....