En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la sentencia N° 1070 de fecha 09/08//2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,declara:
PRIMERO: "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos MIRIAM MAYELA REYES TORO y JACK LENRRY ALTAHONA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.259.127 y V-10.622.925 respectivamente.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 30 de Octubre del año2010, por anteel Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorrydel Estado Aragua, según se evidencia en acta de matrimonio inserta bajo el Nº 328, Tomo B, del año 2010.Publ.....