Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos LUISA AUDELIA SANCHEZ DE MORA y MIGUEL ANTONIO MORA SANCHEZ, antes identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA CIVIL DEL MUNICIPIO PEDRO MARIA MORANTES DEL ESTADO TÁCHIRA, según acta de matrimonio signada con el N° 161, de fecha 21 de Octubre de 1970. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos referida a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.