Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JOSE RAMON CARPIO SANCHEZ e HILDALIC FABIOLA ALASTRE ORTIZ, antes identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, según acta Nº 436, TOMO II, de fecha 18 de Noviembre de 2008. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.