Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda intentada por DOUGLAS RAMÓN RIVAS ANDRADE, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-1.456.825, contra el ciudadano ALIDO FADINI MARTINI, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-7.270.952. En consecuencia EXTINGUIDA LA HIPOTECA constituida mediante documento protocolizado por ante la por ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry y Costa de Oro del Estado Aragua, en fecha 15 de Enero de 1981, inserto bajo el N° 13, Tomo 4, Protocolo Primero, que pesa sobre el inmueble constituido por el apartamento No. 21, del edificio No. 52 que forma parte del Conjunto Res.....