Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada NAIM YORGUY TAIROUZ IADEVAIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.068.290, en contra de la parte actora, el ciudadano ANTONIO JOSE CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-328.588.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior SE CONDENA en costas a la parte demandada de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.