Por todos los razonamientos de hecho y de derecho analizados, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela, y con la autoridad que me concede la ley, se DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de PRESCRIPCION EXTINTIVA DE HIPOTECA DE SEGUNDO GRADO intentada por la ciudadana MARIOXY GISELA MACHUCA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V-9.683.222; contra la constructora CONSTRUCTORA PROSIGMA, C.A, Inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de Julio de 1.974, bajo el Nº 1, Tomo 144-A.
SEGUNDO: La presente sentencia constituye la LIBERACION DE LA HIPOTECA de SEGUNDO GRADO constituida a favor de la demanda que pesa sobre inmueble constituido por un Apartamento distinguido con el número 4-A-3, que forma pa.....