DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero:PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por la Ciudadana YERIS LELLA YEPEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.121.280; contra el ciudadanoCARLOS EDUARDO NOGALES MAICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.690.449.
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en fecha 26 de noviembre de 2021, Acta Nº 553, Folio 53, Tomo C, del año 2021.
Publíquese, Regístres.....