Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, y suficientemente analizadas y apreciadas las pruebas en la presente Causa, este Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la pretensión de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por Asociación Cooperativa HOTEL RESIDENCIAS DE TURISMO SAN JOSÉ, RL, distinguida con el RIF: J-31443431-4, inscrita en SUNACOOP Nro. 1673 y folio 3786-3787 respectivamente, registrada por ante el Registro Publico del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 25 de Abril del 2011, bajo el Nº 10, Tomo 9, Folio 75, del protocolo de transcripción de ese año contra el ciudadano DEIBBY GERARDO GONZALEZ CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de iden.....