DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, de la Ciudadana: LOYDA MINERVA GUTIERREZ TORREALBA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.929.529; Contra el Ciudadano: MANUEL ENRIQUE CORREDOR, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.104.831.
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído en fecha 26 de Septiembre de 2014, por ante el Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, Acta Nº 414, Tomo II, Año 2014.
Publíquese, Reg.....