Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos: ANGEL RAFAEL RIVERO y ARELYS MARGARITA MORENO CARMONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro V-8.583.990 y V-12.608.671 respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio NEYKLY CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 182.204. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 09-09-1994 anotado bajo el acta Nº 249. Tomo: II; del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro.