D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos MORELA COROMOTO TOVAR y JOSÉ DOMINGO SILVA REYES, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.270.466 y V-8.822.258, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado, DANIEL DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 311.229, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día doce (12) de noviembre de dos mil cuatro (2004) por ante el Registro Civil de San Mateo, Municipio Bolívar del estado Aragua, según consta en Acta que corre inserta bajo el Nro. 251, Folios 501 al 502, de.....