IV. DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda EL DESISTIMIENTO, solicitado por la abogada MIRIAN ELIZABETH HERNANDEZ SOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.787, Apoderada Judicial de los ciudadanos VICTOR MANUEL ARAUJO ORTA y NELLY CONCEPCION DI VITA COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.937.622 y V-8.575.618, en la presente causa de Divorcio 185-A. en consecuencia precédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminada la presente causa. Se ordena dejar sin efecto la Notificación librada al Fiscal Superior del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial del Estado Aragua y la devolución de .....