-III-
DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio conforme al Artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 1070, dictada por La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de Diciembre de 2016 y en la Sentencia N° 136, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Marzo de 2017, respectivamente, presentado por el abogado: abogado, RODOLFO JAVIER MARAIMA BERRA, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-12.929.770; inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nro. 94.089, correo electrónico: maraimab@hotmail.com, teléfono: 0424-.....