-III-
D E C I S I Ó N
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestos, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara: PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el presente procedimiento de CONSIGNACIÓN ARRENDATICIA, presentado por la ciudadana JOSEFINA ARJONA PERDOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.516.385, asistida por el abogado TEÓFILO BEZARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 5.498. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, aquí incoado. Archívese el.....