DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de Mutuo Consentimiento formulado por los ciudadanos, LIBEIRO OZUNA BARROETA y YADELIXZA SANTIAGO DAVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.912.346 y V-15.430.536, el primero de ellos de este domicilio, y la segunda domiciliada en la Ciudad de Bogotá – Colombia, con números telefónicos: 0412-452.46.61 y la segunda +57.322.5929426 y correos electrónicos: ozunalibeiro@gmail.com, yadelixzasantiagodavila03@gmail.com, respectivamente, ambos asistidos por la abogada en ejercicio, NORA ELENA VACA GARCIA, inscrita en el Inpreabogado baj.....