D I S P O S I T I V O
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, al considerar que es procedente la referida Partición y Liquidación Amigable incoado por los ciudadanos, ROSANGEL PARRA GARCIA y JOSE ANGEL HERMIDA RUIBAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.141.509 y V-6.467.497, respectivamente, con correos electrónicos: rosangelparra@hotmail.com, grupohermida@hotmail.com, y números telefónicos: 0414-433.62.74, 0414-492.27.91, en su orden, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio, CARMEN YECENIA SOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.095, con correo electronico: yecenia1806@hotmail.com, y número telefónico: 0424-230.73.00, a tenor de los dispuesto en el Artículo 788 del Código de Procedimient.....