D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de Mutuo Consentimiento incoado por los ciudadanos, DEYANIRA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ FARIÑA y PEDRO ANTONIO FLORES CALDERON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.976.703 y V-12.928.755, respectivamente, con correos electrónicos: deyafarina123@gmail.com, / flocapedro@hotmail.com, y números telefónicos: 0412-837.38.90 / 0414-543.08.02, ambos asistidos por los abogados en ejercicio, YURIMA CARLOTA PALMA URBINA y NESTOR DANIEL BARRIOS ACONCHA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 158.144 y 169.467, respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el.....