D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02 de junio de 2015; Exp Nro. 12-1163 y la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia y Paz Comunal en su Artículo 8° numeral 8, presentado por las abogadas en ejercicio CAROLINA ARBELO REVERON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nros.94.064 con número telefónico: 0414-462.55.17 y correo electrónico: carolinareveron@gmail.com, actuando en representación del ciudadano SAHID ADALID BARRIOS CARRANZA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.547.853 domicil.....