Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas y evacuadas por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido ciudadano ÁNGEL RAFAEL MAROT, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.133.224, a la ciudadana IRIS DEL CARMEN GAVIDIA DE MAROT, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-6.429.044, vínculo que se comprobó en copia fotostática certificada del Acta de Matrimonio que corre inserta en la presente solicitud. ASÍ SE DECIDE.