Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTOS MICHELA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Las Tejerías, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio con fundamento en el artículo 185-A, del Código Civil Venezolano, introducida por los ciudadanos: MARISELA COROMOTO MONSALVE PADRON y YOGERSI ANTONIO LLANOS RIVAS, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 15.119.027 y V-10.357.610, respectivamente, ambos de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio LUIS MISAEL BOLIVAR, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 172.474. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que fue contraído por el Registro civil en fecha diecinueve (19) de Junio del año mil novecientos no.....