D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del
Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente
expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de
Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, formulada por los ciudadanos: FRANCISCO ARAMIS MOLINA REYES y YANETH MARINA BARRIOS DE MOLINA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.373.316 y V-5.796.708 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los
unía, por ante la Prefectura del Municipio Santos Michelena, Las Tejerías del Estado Aragua, según consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios, signada con el número .....