D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de
Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, por los ciudadanos: YIMI ALEXANDER NIEVES RODRIGUEZ y INGRID
SUHAIL BARRIOS NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, ambos de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-11.089.303 y V-12.569.951, respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por ante la Prefectura del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, según consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios con el Nº 168, del Año 1991.
Publíquese, regístrese.....