D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de
Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente
expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de
Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, formulada por los ciudadanos: CARLOS ESTEBAN PEREZ IZQUIERDO y MARIA CAROLINA SALAZAR DE PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.843.880 y V-9.641.789 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por ante la Prefectura del Municipio Páez, Distrito Girardot del estado Aragua (hoy Registro Civil Municipio Girardot del estado Aragua), según consta del Acta.....