D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologado el convenimiento celebrado entre el ciudadano MANUEL ALBERTO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº V-8.810.280, y su abogado asistente HECTOR MANZANILLA, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 55.486, y por la parte demandada los ciudadanos ARLINS FIGUERA y NELSON EUGENIO LOPEZ GONCALVES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V-1.296.916 y V-11.309.077, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada LUISA VIRGINIA ZALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.165. En virtud de que tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, de conformidad con los artículos 26 y 257 de .....