DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos : Yurlanys Herminia Quero Rodríguez y Cesar Augusto Quintero, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad V-15.651.855 y V-17.788.936 respectivamente, desde el día 29 de Noviembre de 2011, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 285, Folio 285, Tomo I, año 2011, en los libros de matrimonios llevados ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua.-
Publíquese, regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Zamora de la.....