Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: ADRIANA VICTORIA CHAVEZ BRITO Y ARCANGEL ASCANIO CRESPO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-19.912.429 y V- 13.720.164, respectivamente, consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Veinte (20) de Abril del dos mil doce (2.012), por ante registro de San Francisco de Asís, Municipio Zamora, del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 68, folio 68, tomo I, del año 2012, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Novísima Ley Org.....