Éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a los ciudadanos: BENIAMINO FREGA LONGO Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-8.821.436, y CATERINA ALBA GRAZIELLA FREGA SESSA, Venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-8.821.435 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DE CUJUS:ALBA SESSA DE FREGA, quien en vida era de nacionalidad Venezolana; mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-8.826.792, dejando a salvo todos los derechos de cualquier tercero que pudiera tener interés. Cúmplase