Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SAN SEBASTIÁN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN Y EN CONSECUENCIA EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana ELIZABETH COROMOTO PERDOMO TORRES, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N°. V-8.778.293, domiciliada en el Sector La Esperanza I, Calle Paul, Casa N° 10-B, Municipio San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua.