Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela con Autoridad de Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por COBRO DE AJUSTE DE PENSION DE SOBREVIVENCIA, intentara la ciudadana CARMEN GRACIELA PERAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.435.569, en contra de la entidad de trabajo CORPORACION ELECTRICA NACIONAL, S.A (CORPOLEC).- SEGUNDO: SE ORDENA el reajuste de la pensión que disfruta la demandante, ya identificada, en la forma indicada en el capitulo que antecede. TERCERO: Se ordena experticia complementaria del fallo para la determinación de las diferencias por ajuste proporcional de las pensiones de sobrevivencia de la accionante, conforme al Salario Mínimo Nacional, los intereses moratorios y corrección monetaria cuyos parámetros qu.....