Por las razones expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por AGRIBRANDS PURINA VENEZUELA S.R.L, el acta de contestación de fecha 29 de Julio del Año 2015 y contra el auto de declaratoria de desistimiento tácito de fecha 30 de julio de 2015, los cuales cursan en el procedimiento de autorización de despido justificado o calificación de dictados en el expediente Nº 043-01-2014-4061 emanados de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Costa de Oro, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara y Libertador del Estado Aragua, con sede en Maracay, SEGUNDO: SE CONFIRMA el acto administrativo contenido en el expediente Nº 043-01-2014-4061, dictado por Ins.....