En fuerza de los argumentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA (EN SEDE CONSTITUCIONAL), declara: INADMISIBLE la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, propuesto por los abogados en ejercicio JOSE TIBURCIO SANCHEZ, FERNANDO CELESTINO MARTINEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 151.444 y 205.573 respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de los ciudadanos GERONIMO DANIEL PEREZ, JEFFERSON ALBERTO ALVAREZ, CARMEN TERESA GOTA, MICAL NATALI PEREZ y KEILA ANAIS PEREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-8.631.694, V-16.207.780, V-12.144.342, V-20.894.749 y V-20.895.170 respectivamente. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la .....