Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), de esta sede judicial el 12 de diciembre de 2014, por la Abogada LAURA DEL VALLE CHAVIEDO HERNANDEZ, I.P.S.A.Nº176.783, Apoderada Judicial de la parte actora, ciudadano JOSE GREGORIO LINCON JUAREZ, titular de de la cedula identidad N° V-6.0582.898, y por la Abogada JOANNA CAPUANO ARVELO, I.P.S.A.Nº160.529, Apoderada Judicial de las partes codemandadas SURAMERICANA DE LICORES CENTRO, C.A. Sociedad Mercantil constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 12/04/2000, bajo el N° 7.....