Este Juzgado Cuarto (4to.) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, visto que las partes han manifestado su voluntad libre, consiente y voluntaria en la presente audiencia conciliatoria; y por cuanto dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia planteada en la presente causa; por no ser contrarios a derecho, y por cuanto se adapta a los criterios que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia, y no contienen renuncia alguna a ningún derecho irrenunciable derivado de una relación de trabajo; este Juzgado de conformidad en los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en uso de las atribuciones previstas en el Artículos 255 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y el artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, Otorga la homologación del ofrecimiento y/o acuerdo de pago realizado, convenido en la cantidad de BOLIVARES CATORCE MILLONES CON 00/100 CEN.....