Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
Primero: Se declara Competente para conocer del presente recurso de apelación, interpuesto por el abogado Edgar Fernando Herrera Ríos, actuando en su carácter de Defensa Privada del ciudadano Pedro Luís Lara Montoya, titular de la cédula de identidad número V.13.517.873, contra la decisión emanada del Juzgado Segundo de Primera instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer Penal del estado Aragua, de fecha 19 de octubre de 2021, de conformidad con los artículos 127, 129 y 130 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Segundo: Se Admite el recurso de apelación interpuesto por el abogado Edgar F.....