Decisión.
Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, actuando en sede constitucional, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: Su Competencia para conocer el presente Acción de Amparo incoado por el ciudadano Elio Ramón Pérez Urbina, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con la Matricula Nº 206.051, en su condición de defensor privado del ciudadano Henry Rafael Abreu Rodríguez, titular de la cédula de Identidad Nº V. 11.088.531, contra de la Jueza del Juzgado Único de Primera Instancia en función de Juicio del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua.-
Segundo: Inadmisible la presente acción de Amparo Constitucional incoada por el abogado el ciudadano Elio Ramón Pérez Urbina, abogado en ejercicio in.....