DISPOSITIVA
En atención a todas y cada una de las argumentaciones que anteceden; esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer de la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los abogados DESIREÉ YOMAR ROJAS DÍAZ y VICTOR ABDALA GUZMAN AYUB, en su carácter de defensores privados del ciudadano imputado NESTOR ELPIDIO CASTRO RODRÍGUEZ, en contra del Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Causa: N° 40.240-2022 (Nomenclatura de ese Tribunal). SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los abogados DESIREÉ YOMAR ROJAS DÍAZ y VICTOR ABDALA GUZMAN AYUB, en su carácter de defensores privados del ciudadano imputado NESTOR ELPIDIO CAS.....