PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto, por el abogado HEDINMAR AGÜERO, en su condición de Fiscal Auxiliar Interino Vigésimo Séptimo (27°) del Ministerio Público del estado Aragua.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación presentado por el abogado HEDINMAR AGÜERO, en su condición de Fiscal Auxiliar Interino Vigésimo Séptimo (27°) del Ministerio Público del estado Aragua, contra la decisión dictada por el Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia en Funciones de Control Circunscripcional, bajo la causa signada con el alfanumérico Nº 8C-SOL-2696-22 (Nomenclatura del Tribunal de Instancia), en fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil veintidós (2022), mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado se pronuncia y procede a negar la solicitud de mandato de conducción incoada por parte de la representación fiscal vigésima séptima (27°) del Ministerio Público, en contra del ciudadano MARTÍN FRANCO MANUEL JOSÉ.